
DE: SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN
A: SR.(A) SECRETARIO(A) REGIONAL MINISTERIAL DE EDUCACIÓN
Con el objetivo de apoyar y orientar la planificación oportuna del año escolar 2022, el Ministerio de Educación pone a disposición del sistema escolar los siguientes lineamientos, los cuales rigen para todos los establecimientos educacionales con Reconocimiento Oficial del Estado.
Introducción:
El retorno a clases presenciales, que hoy alcanza al 98% de los establecimientos escolares del país, ha permitido el reencuentro seguro y gradual de la comunidad escolar y el resguardo del derecho a la educación de los estudiantes. Este proceso ha sido fortalecido por la implementación de protocolos de cuidado sanitario y también por el avance en el proceso de vacunación de menores de 18 años. De esta manera, las escuelas se han conformado como un espacio vital y seguro para la formación integral de nuestros estudiantes.
Lineamientos de funcionamiento:
1.- Inicio del año escolar: El inicio del año escolar para los estudiantes está calendarizado para el miércoles 2 de marzo 2022.
El detalle completo de los calendarios escolares se difundirá a nivel regional como todos los años.
2.- Presencialidad: Considerando la importancia de la presencialidad en el desarrollo de los aprendizajes y el bienestar socioemocional de los estudiantes, la evidencia nacional e internacional y la experiencia del retorno en el sistema escolar acumulada hasta ahora, para el mes de marzo de 2022 se retoma la asistencia presencial obligatoria de los estudiantes. Para esa fecha, además, la vacunación en esquema completo de los menores de 18 años y de los trabajadores de la educación se encontrará finalizada. Con ello, se retoman las normas que regulan el funcionamiento del sistema escolar chileno.
3.- Jornada Escolar Completa: Se retoma la Jornada Escolar Completa para aquellos establecimientos educacionales adscritos a este
régimen. Para mitigar el impacto de la pandemia en el desarrollo integral de los estudiantes, se recomienda flexibilizar la organización de la JEC, a partir de los siguientes criterios:
a.- Considerar las necesidades de sus alumnos: los establecimientos pueden utilizar parte del tiempo de libre disposición para organizar la atención de aquellos alumnos que presenten un nivel insatisfactorio de desempeño mediante talleres remediales o de nivelación.
b.- Asignar tiempo adicional a aquellas asignaturas del Plan de Estudios en las que no obtienen un rendimiento óptimo, según la evidencia pedagógica de logros de aprendizajes.
c.- Procurar una formación integral: brindado a los estudiantes oportunidades para que expresen y desarrollen su potencial en una variedad de aspectos que abarcan lo espiritual, lo ético, lo afectivo, lo social, lo intelectual, lo artístico y lo físico.
4.- Protocolos Sanitarios y medidas excepcionales: Los protocolos con medidas de protección y prevención sanitaria para los establecimientos educacionales seguirán vigentes de acuerdo con lo que disponga la autoridad sanitaria.
5.- En el caso de que un establecimiento deba suspender las clases presenciales de uno o más cursos por la aplicación de los protocolos sanitarios vigentes, este deberá velar por mantener la continuidad de los aprendizajes de esos estudiantes en modalidad remota, mientras dure esta situación excepcional.
6.- Plan de estudios: El plan de estudios debe incluir todas las asignaturas del plan vigente. Las horas destinadas a cada asignatura podrán ser redistribuidas considerando el contexto de aprendizaje de este año y el diagnóstico integral que realice cada establecimiento.
7.- Apoyo territorial: Con el objetivo de facilitar el adecuado funcionamiento del año escolar de acuerdo a los lineamientos que aquí se entregan, los departamentos provinciales de educación estarán a disposición de los establecimientos para conocer sus dudas y resolverlas oportunamente.
Saluda atentamente a usted.
Jorge Poblete Aedo.
Subsecretario de educación.
MINEDUC